Accidente
Acontecimiento inesperado, repentino e involuntario que pueda ser causa de daños a las personas o a las cosas independientemente de su voluntad.
Actuario
Profesional titulado especializado en cálculos matemáticos y conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, cuya función primordial es el asesoramiento a las entidades Aseguradoras en todas aquellas materias de índole técnica, esenciales para la determinación de las tarifas, primas del seguro, cálculo de reservas, etc.
Agravación del riesgo
Modificación o alteración posterior a la celebración del contrato que, aumentando la posibilidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El tomador del seguro o Asegurado deberá, durante el curso del contrato, comunicar al Asegurador, todas las circunstancias que agraven el riesgo. Solo se debe denunciar la agravación del riesgo que obedezca a motivos específicamente previstos en el contrato.
Anualidad
Es el periodo de doce meses por el que se contratan, normalmente, las pólizas de seguro. Se denomina prorrogable cuando tácitamente se renueven los contratos de seguro al término de la primera anualidad.
Arbitraje
Sistema mediante el cual se acude a peritos imparciales para determinar el valor de los daños, en aquellas pólizas en la que existe disparidad en la valorización del siniestro, y cuya decisión suele ser vinculante con las partes.
ARL
Es la entidad moral que se encarga de manejar los planes de riesgos del empleado. Sus siglas corresponden a Administradora de Riesgos Laborables .
ARS
Es la entidad moral que se encarga de manejar los planes de salud. Sus siglas corresponden a Administradora de riesgos de Salud.
Asegurable
Persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.
Asegurado
Persona, titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro. En el sentido estricto, es la persona sobre la cual recae la cobertura del seguro.
Asegurador
Empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar como tal por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
Auditor
Persona especializada en el análisis de la situación y evolución de las Aseguradoras, mediante cuyos conocimientos estadísticos, económicos, jurídicos y financieros, evalúa el estado de las entidades en un momento determinado, cuya función primordial es el asesoramiento y certificación de los documentos (Balances, Declaraciones Juradas, etc.), que las aseguradoras tienen obligadamente que elaborar de acuerdo a la normativa vigente.
Aviso de siniestro
Declaración del Tomador del seguro, asegurado o beneficiario al asegurador del acaecimiento del siniestro, por haberse producido el hecho cuyo riesgo es objeto de cobertura en la póliza, dando toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del hecho, lo que habrá de efectuarse, salvo pacto ampliándolo, en el plazo máximo de siete días de haberlo conocido (artículo 16 Ley de Contrato de Seguro).
Beneficiario
Persona a cuyo favor se toma el seguro. Técnicamente se denomina así a la persona que ostenta el derecho a percibir la prestación indemnizatoria del Asegurador.
Capital Asegurado
Se llama así al máximo pagadero en caso de siniestro previamente estipulado en las condiciones de póliza.
Carencia
Período durante el cual el Asegurado paga primas pero no recibe la cobertura prevista en la póliza. Se extiende desde la fecha de inicio del contrato hasta una fecha posterior determinada. Solo se aplica en los Seguros de Vida y enfermedades para evitar posibles fraudes y antiselección.
Copago
Proporción de cobertura de plan entre aseguradora y el usuario.
Deducible
Cantidad o porcentaje establecido en una póliza cuyo importe ha de superarse para que se pague una reclamación.
Deducibles
Es el costo que le corresponde al usuario pagar al momento de utilizar su seguro.
Indemnización
Importe que está obligado a pagar contractualmente la Entidad Aseguradora en caso de producirse un siniestro. Es la contraprestación económica que corresponde al Asegurador a cambio del pago de la prima que corresponde al Asegurado. En los seguros sobre personas, la indemnización corresponde al capital pactado en la póliza. En los seguros sobre cosas es la reposición económica en el patrimonio del Asegurado del valor del objeto dañado o desaparecido en el siniestro, bien a través de la reposición del objeto o mediante la entrega de una cantidad en metálico equivalente al valor real de los bienes. En cualquiera de los casos la indemnización no puede superar el importe de los perjuicios sufridos, dentro de los límites pactados.
Ley de seguridad social
En el 2001 surge la ley 87-01 que viene a sustituir IDSS. Esta que establece los lineamientos, regulaciones, políticas del sistema y sus instituciones con el objetivo de proteger al a población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad y riesgo laboral.
Plan Básico de Salud (PBS)
Es el plan diseñado para la cobertura de los servicios básicos de salud ofertados por el sistema de seguridad social bajo un catálogo para beneficio de los ciudadanos.
Planes Complementarios
Son planes complementan los beneficios del plan básico.
Planes Voluntarios
Son planes que el usuario selecciona para su beneficio propio según su necesidad.
Prima
Aportación económica que ha de satisfacer el contratante o asegurado a la entidad aseguradora en concepto de contraprestación por la cobertura de riesgo que este le ofrece. Desde un punto de vista jurídico, es el elemento real más importante del contrato de seguro, porque su naturaleza, constitución y finalidad lo hacen ser esencial y típico de dicho contrato.
Seguridad Social
La seguridad social es un sistema creado con el objetivo de brindar un servicio médico a la población dominicana.
Seguro de Salud
Es el medio para minimizar los gastos al momento de recibir un servicio médico.
Siniestralidad
Se mide por el consumo dividido entre las primas por pagar.
Siniestro
Es la manifestación concreta del riesgo asegurado, que produce unos daños garantizados en la póliza hasta determinada cuantía. Siniestro es el incendio que origina la destrucción total o parcial de un edificio asegurado; el accidente de circulación del que resultan lesiones personales o daños materiales; el naufragio en el que se pierde un buque o las mercancías transportadas; el granizo que destruye una plantación agrícola, etc. Siniestro es pues, un acontecimiento que, por originar unos daños concretos previstos en la póliza, motiva la aparición del principio indemnizatorio, obligando a la entidad aseguradora a satisfacer, total o parcialmente, al asegurado o a sus beneficiarios, el capital garantizado en el contrato.
Traspasos
Movimiento horizontal de un ARS a otra.